martes, 1 de junio de 2010

Cuba insta a revocar las leyes represivas y liberar a los prisioneros de conciencia

Cuba insta a revocar las leyes represivas y liberar a los prisioneros de conciencia
17 de marzo 2010
Amnistía Internacional de 17 de marzo 2010 pidió a las autoridades cubanas para revocar las leyes que restringen la libertad de expresión, reunión y asociación, y que liberen a todos los disidentes injustamente encarcelados por las autoridades.La organización también instó al presidente Raúl Castro para permitir un control independiente de la situación de los derechos humanos en Cuba, invitando a expertos de la ONU a visitar el país y facilitando el control por otros grupos de derechos humanos. La convocatoria tuvo lugar antes del 7 º aniversario de la detención de 75 disidentes cubanos en torno al 18 marzo de 2003. Cincuenta y tres de los detenidos siguen detenidos. Uno de los arrestados en marzo de 2003, Orlando Zapata Tamayo, falleció el 22 de febrero de 2010, después de haber pasado varias semanas en huelga de hambre en protesta por las condiciones carcelarias. "Las leyes cubanas imponer límites inaceptables en el derecho a la libertad de expresión, asociación y reunión", ha manifestado Kerrie Howard, directora adjunta Américas de Amnistía Internacional. "Cuba necesita desesperadamente una reforma política y jurídica para sacar al país de acuerdo con las normas internacionales básicas de derechos humanos."El largo encarcelamiento de las personas únicamente por el ejercicio pacífico de sus derechos no sólo es una tragedia en sí misma sino que también constituye un obstáculo para otras reformas, incluyendo el comienzo del diálogo necesario para el levantamiento del embargo unilateral de los EE.UU. contra Cuba".Varios artículos de la Constitución y el Código Penal cubano son tan vagos que están siendo interpretados de una manera que infringe las libertades fundamentales.El artículo 91 del Código Penal de Cuba establece penas de diez a 20 años o muerte para cualquier persona ", que en el interés de un Estado extranjero, ejecute un hecho con el objetivo de dañar la independencia o la integridad territorial del Estado cubano".Según el artículo 72 "toda persona que se considera estado peligroso si él o ella ha mostrado una propensión a cometer delitos, demostrada por la conducta que observa contradicción manifiesta con las normas de la moral socialista" y el artículo 75.1 establece que cualquier oficial de policía puede emitir una advertencia para los como "peligrosidad". La declaración de un estado peligroso predelictiva puede decidirse sumariamente. Una advertencia también podrán ser emitidos por asociarse con una persona "peligrosa". La Ley 88 prevé penas de prisión de siete a 15 años para pasar información a los Estados Unidos que podrían ser utilizados para reforzar las medidas contra Cuba, como el bloqueo de EE.UU. económica. La legislación también prohíbe la posesión, distribución o reproducción de "material subversivo" del gobierno de los EE.UU., y propone penas de prisión de hasta cinco años por colaborar con la radio, estaciones de televisión o publicaciones considerará ayudar a la política de EE.UU..Las organizaciones no gubernamentales tienen grandes dificultades para informar sobre violaciónes de los derechos humanos debido a la limitación de sus derechos a la libertad de expresión, asociación y circulación. Las organizaciones internacionales independientes de derechos humanos, incluida Amnistía Internacional, no se les permite visitar la isla.

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